19/10/16

Condena a la sanidad gallega por arriesgar la vida de una paciente a la que derivó a abortar a Madrid

"Un juzgado de primera instancia se ha mostrado contundente al asegurar que el Servicio Gallego de Salud "expuso a un riesgo vital elevado" a Paula (nombre ficticio) al dilatar su embarazo hasta la semana 32 y al obligarla a recorrer 500 kilómetros en su propio coche para abortar en una clínica madrileña

Según explicó la denunciante a esta redacción la semana pasada, debido a la complejidad de la intervención fue derivada al Hospital de La Paz, perdió el útero y la posibilidad de ser madre biológica de nuevo.

"La negligencia denunciada rebasa los estándares de lo tolerable, de lo irreprochable", apunta el magistrado del juzgado contencioso-administrativo número 2 de Lugo en una sentencia emitida el 5 de octubre y comunicada a la defensa de la denunciante el pasado jueves. El Sergas no ha querido pronunciarse sobre esta decisión ni confirmar si van a recurrirla.  (...)

Asegura que los especialistas del hospital gallego reaccionaron "tarde, mal y a rastras" al dilatar "innecesariamente" hasta la semana 32 el embarazo de Paula que "debía estar legalmente abocado al fracaso". 

En esta sentencia el magistrado recuerda que una vez que les comunicaron a los denunciantes en la semana 20 que se apreciaba una alteración en la ecografía, la pareja recurrió a la sanidad privada para recabar el diagnóstico. En la semana 25 lo obtuvieron, las graves anomalías que sufría el feto amparaban el aborto en cualquier plazo. 

A pesar de que desde un primer momento la pareja hizo partícipe de estos resultados al equipo de Burela, los profesionales continuaron "dando palos de ciego" -apunta el magistrado- solicitando la realización de más pruebas.

 Este "colmo de la inoperancia", continúa el ponente de la sentencia, determina "indefectiblemente su responsabilidad patrimonial absoluta". "Lo que resulta inexcusable es que ante la aportación externa de la información precisa, clara y determinante de la anomalía fetal, el servicio de ginecología de Burela, continuase inmerso en la parálisis y no hubiese reaccionado", añade.

Asimismo recuerda que la prolongación innecesaria del embarazo "creó ansiedad e intensa preocupación en la gestante y su familia, ya que supuso ejecutar una IVE que es un feticidio para provocar un parto en toda regla debido a la edad gestacional, exponiendo a la madre a riesgo muy superior".

Una vez que en la sanidad gallega tomaron la decisión de interrumpir el la gestación en el séptimo mes de gestación, no terminaron las negligencias médicas. "Nuevamente, a la pregunta de si se actuó correctamente por la demandada tras el descubrimiento de la anomalía fetal, la respuesta es rotundamente, no", condena el magistrado.

"El Sergas se desentiende de la situación de la recurrente y la deriva a Madrid, para que resuelvan allí la embarazosa situación, para que se zafen allí del problema. Y a todo esto sin proporcionar a la recurrente ningún tipo de medio para el arriesgado traslado", así alude al traslado que realizó Paula en su vehículo particular acompañada por su pareja.  (...)

Según explicó la denunciante a eldiario.es, durante el trayecto "fue sangrando y el útero le dolía muchísimo". Finalmente, debido a la complejidad de su gestación el aborto no se produjo en el centro al que fue derivado sino en el hospital público de La Paz. Allí perdió el útero. 

El juez considera que esta actuación "representa un fracaso estrepitoso del sistema, a la vez que resulta difícilmente aceptable" y recuerda que   la  ley que regula la Interrupción Voluntaria del Embarazo   (IVE)  recoge que cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida,   las intervenciones "se realizarán preferentemente en centros cualificados de la red sanitaria pública".

A preguntas de esta redacción, el Sergas aseguró que no se practicó el aborto en un centro de la sanidad gallega pública porque a partir de la semana 22 los "envían a otras clínicas respetando, de esta forma, el derecho a la objeción de conciencia de los profesionales".

 La portavoz justificó este plazo  argumentando que la ley lo recoge   , aunque no es así, ya que según esta normativa no existe límite temporal si "se detectan anomalías fetales incompatibles con la vida".  La Fiscalía reactivó el mes pasado una investigación por varios casos derivados también a Madrid en diferentes semanas de gestación. (...)"                 (eldiario.es, 17/10/16)

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