"La anulación del reparto de megavatios eólicos que hicieron sus antecesores le está saliendo cara al Gobierno de Alberto Núñez Feijóo.
Aquella decisión adoptada con la celeridad y notable carga simbólica
cuando alcanzó la Xunta en 2009 suma una nueva sentencia en contra, esta
vez del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que obliga a la
Administración gallega a indemnizar con más de 842.000 euros a una empresa
que vio suspendidos sus proyectos.
Se suma el fallo judicial a una
larga serie que han convertido la gran baza electoral del año de la
llegada de Feijóo a la Xunta en un destrozo económico.
Hace justo un año, sin ir más lejos, el mismo tribunal obligó a la Xunta a pagar medio millón de euros a otra compañía
a la que también le anuló proyectos autorizados por el Gobierno que
precedió al del PP en la Xunta, presidido por el socialista Emilio Pérez Touriño en
coalición con los nacionalistas del BNG.
La combativa oposición de un
Feijóo que se la jugaba a todo o nada en aquellas elecciones en las que
debutaba como candidato, y que ganó sorpresivamente por un solo escaño,
facilitó su camino al pazo de Raxoi. Su mayor éxito fue sembrar la división en aquel inestable bipartito, aunque ahora las arcas de la Xunta paguen las consecuencias y se tambalee un negocio que aspiraba a movilizar 6.000 millones de euros.
Tras su victoria electoral, Feijóo anuló aquel reparto “clientelar” de megavatios con celeridad,
en un gesto a escala doméstica de la retirada de las tropas de Irak de
unos años antes. No gozó aquella decisión de la seguridad jurídica de la
que alardeaba el nuevo Gobierno del PP, porque el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) declaró ilegal en 2016 aquella rescisión,
y una tras otra las empresas que vieron cómo se esfumaban sus
megavatios siguen consiguiendo que se reconozcan sus derechos en los
tribunales.
En esta ocasión es la Sección Primera de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del TSXG la que estima en parte el recurso
interpuesto por la entidad Ventauria Enerxía Rural y declara la responsabilidad patrimonial de la Xunta por los daños y perjuicios sufridos por la empresa.
Considera el tribunal que la decisión de la Consellería de Industria de
suspender la tramitación de procedimientos de autorización de
instalaciones mientras no se aprobara una nueva ley que cambiase el
modelo de aprovechamiento eólico tuvo consecuencias económicas para la demandante,
por lo que condena a la Xunta a abonarle esos 842.000 euros más los
intereses legales desde la fecha de la reclamación en vía
administrativa. Todo ello por ver frustrada de forma sobrevenida la
posibilidad de desarrollar las instalaciones que fueron objeto de los
expedientes de autorización de cuatro parques eólicos: Portaleña, Outeiro do Home, Coto da Lebre y San Sebastián.
Como viene ocurriendo desde que las sentencias castigan aquella
controvertida decisión, la Xunta sale al paso garantizando la seguridad
jurídica del proceso. Esta vez el conselleiro de Industria, Francisco Conde,
incluso arrimó el ascua a su sardina, al considerar que el fallo es de
alguna forma consecuencia de eventuales errores del reparto del
bipartito. La sentencia, afirmó, obliga a la Xunta a hacer frente
“simplemente a esos gastos administrativos en los que
tuvo que incurrir una empresa para presentar su oferta en un concurso
que, lamentablemente, fue la demostración de cómo no se deben hacer las
cosas”.
Conde fue más lejos cuando afirmó que el Superior de
Xustiza “valida de nuevo” la ley del sector eólico aprobada por el
Gobierno de Feijóo. “La normativa y diferentes sentencias blindaron el concurso eólico y la ley del sector eólico”
sostiene. “Hay total seguridad jurídica”, agregó, para asegurar a
continuación que la Xunta “está en estos momentos marcando una senda
para el sector eólico”. “Esperamos que la subasta de renovables que se va a celebrar en los próximos meses permita posicionar de nuevo a Galicia en el liderazgo del sector”, añadió el conselleiro.
Más que castigar supuestas incorrecciones del reparto anulado, la
sentencia obliga a pagar la indemnización porque entiende que la empresa
vio frustrada “de forma sobrevenida” la posibilidad de desarrollar las
instalaciones que fueron objeto de los expedientes de autorización. Es
exactamente el mismo caso que el que tuvo que afrontar el Gobierno gallego hace un año, cuando el TSXG consideró el recurso de EDP Renewables Europe y obligó a la Xunta a pagar medio millón de euros, igualmente tras tumbar el Ejecutivo gallego los procedimientos de parques eólicos que estaban en tramitación en 2008.
En el caso de EDP eran cuatro parques eólicos adjudicados por el bipartito. Pero esa compañía o Ventauria Enerxía Rural –que había logrado 160 megavatios– son solo dos de tantas que acudieron a la justicia para
hacer valer unos derechos que consideraban consolidados. Pero además de
esos derechos, las empresas demandantes reclaman una serie de gastos a
los que tuvieron que hacer frente para presentar las solicitudes y
tramitar los proyectos seleccionados de acuerdo con la normativa.
La
sentencia de EDP subrayaba la “mala praxis” de la Xunta,
al comprobar que solo por la vía del contencioso se pudo “reactivar el
deber administrativo” de contestar en tiempo y forma a las demandas de
la compañía, lo que provocó “unas actuaciones posteriores absolutamente dilatadas y contrarias a los plazos” legales.
Además de esta cascada de indemnizaciones, la Xunta se llevó además otro varapalo con
la declaración de ilegalidad de la propia anulación del concurso eólico
del bipartito, ratificada por el Supremo. Dicho tribunal desestimó el
recurso presentado por la Xunta y confirmó la ilegalidad de aquella
medida a la que tanta simbología concedía Feijóo.
No en vano, ese
reparto –y las acusaciones veladas, y menos veladas, de amiguismo– marcaron la agenda en las autonómicas de 2009, aquellas en las que se publicó una fotografía antigua del entonces vicepresidente, el nacionalista Anxo Quintana, a bordo del yate de un empresario que había sido beneficiado en el concurso. (...)" (Pablo López, Vigo, El Confidencial, 25/03/17)
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