1/6/22

Primera condena del alto tribunal gallego contra la CRTVG por vulnerar la libertad de expresión de sus trabajadores

 "La Corporación Radio e Televisión de Galicia (CRTVG) acaba de ser condenada por el Tribunal Superior de Xustiza (TSXG) por haber sancionado a uno de sus trabajadores, Carlos Jiménez. El alto tribunal considera probado que esa sanción, ahora anulada, “no es ajena a un móvil atentatorio” del derecho fundamental a la libertad de expresión. 

Para los jueces del TSXG, no hay duda de que se abrió expediente sancionador a Jiménez, el 6 de noviembre de 2018, “por su participación activa en los ‘Venres Negros’”, las protestas que cada semana protagonizan trabajadores de la televisión y radio gallegas contra la manipulación informativa en los medios públicos.

Con esta sentencia, el alto tribunal confirma en todos y cada de sus puntos el fallo inicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago y condena al Ente gallego a anular la sanción impuesta además de indemnizar al locutor con 6.251 euros “por daños y prejuicios por vulneración de derechos fundamentales”. Esta sentencia constituye un varapalo para los directivos de los medios públicos gallegos, dado que les condena por vulnerar la libertad de expresión y echa por su tierra sus esfuerzos en denigrar las protestas que desde mayo 2018 se repiten cada viernes en defensa de la TVG y Radio Galega.

El propio Ministerio Fiscal se había opuesto al empeño de los directivos de la CRTVG en recurrir el primer fallo judicial. Consideraba “acertados los argumentos esgrimidos” por la magistrada de lo Social y ahora ratificados por el alto tribunal.

El trabajador, vinculado a la radio pública, participaba activamente en las redes sociales en las movilizaciones de los ‘Venres Negros’, según recoge los dos fallos judiciales, y los tribunales no albergan dudas de que su activismo en denunciar la manipulación informativa en los medios públicos de Galicia tuvo que ver con el expediente sancionador que se le abrió, en noviembre de 2018, por supuestamente carecer de autorización laboral para compatibilizar sus funciones en la radio con la de locutor y presentador de varios programas de productoras privadas que emite la TVG como ‘Cos pes na Terra’ y ‘Polo rego’. La dirección de la CRTVG resolvió sancionarlo en marzo de 2019 por falta grave y le impuso una suspensión de empleo y sueldo durante nueve días. 

Carlos Jiménez denunció su sanción en los tribunales y el Juzgado de lo Social número 1 de Santiago le dio la razón en diciembre del año pasado. Ese primer fallo, ahora ratificado en su totalidad por el Tribunal Superior de Galicia, anuló el expediente disciplinario y condenó a la CRTVG a pagar 6.251 euros por vulnerar dos derechos fundamentales del trabajador, el de la libre expresión y el de tener una tutela judicial efectiva.

Y es que además de vulnerar su derecho a participar en las protestas contra la manipulación informativa, el TSXG confirma también que la compañía de medios públicos de Galicia “no probó que la sanción hubiese obedecido a un propósito ajeno a las represalias por las acciones ejercitadas” por el trabajador para que se le reconociese la relación laboral indefinida en la Radio Galega. Jimenez, entre 2015 y 2018, demandó y ganó múltiples demandas contra el Ente gallego para que se le reconociese su contrato y retribución como trabajador indefinido. Las magistrados del alto tribunal gallego recuerdan que la CRTVG “era conocedora de la continua labor del actor pública y notoria” como locutor y presentador en varias productoras, por lo que no cabía sancionarlo por supuesta incompatibilidad.

Contra esta sentencia cabe presentar recurso de casación. Fuentes de la CRTVG han asegurado a Europa Press que están “estudiando si se recurre” este fallo. 

Cartas de cese

El sindicato CUT acogió que esta nueva resolución judicial como el “cierre de manera significativa de una batalla estéril de la CRTVG para el encubrimiento de sus propios actos, como la persecución hacia trabajadores y trabajadoras del medio que se habían comprometido en la denuncia de la manipulación informativa ». La organización exige que ”de inmediato“ se abra ”un proceso“ en el Ente público para que los directivos responsables de la decisión disciplinaria respondan ”por su gestión partidista, caciquil y oscurantista del medio“, al tiempo que espera que lleguen ”las correspondientes cartas de ceses para evitar que estos hechos se sigan repitiendo“.                   (Paola Obelleiro  , eldiario.es, 30 de mayo de 2022)

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